El ayuntamiento
de Castelldefels informa de la aprobación en el pasado pleno de gobierno del
mes de mayo, la suspensión cautelar de la liquidación de la plusvalía.
Esta decisión se
toma a la espera de que el Ministerio de Hacienda adapte la normativa de este impuesto después
de la sentencia reciente del Tribunal Constitucional, que declara que no se
puede obligar a pagar plusvalía municipal en los casos que no se ha dado un
incremento de valor real del inmueble.
Con esta decisión
por mayoría, el Ayuntamiento de
Castelldefels se sumaba a la petición que han cursado los consistorios miembros
de la Federación de Municipios de Cataluña (FMC) y la Federación Española
de Municipios y Provincias (FEMP), en el sentido de que el Ministerio de
Hacienda efectúe esta adaptación de la ley con la mayor celeridad posible.
El alto tribunal
estableció el 17 de mayo que el IIVTNU —impuesto conocido popularmente como la
plusvalía— vulnera el principio constitucional de capacidad económica, puesto
que no se corresponde en todos los casos con un aumento real del valor del bien
inmueble. Es decir, que el devengo del impuesto no se vincula necesariamente
con la existencia de un incremento real del valor del terreno sino a su mera titularidad
durante un periodo de tiempo, dejando en manos del legislador la concreción de
qué medios de prueba son o no admisibles.
La sentencia se
fundamenta en que al no ponerse de manifiesto ninguna capacidad económica
con la transmisión del inmueble, no resulta admisible que se obligue a tributar
por este impuesto.
Tanto si se trata
de recursos o reclamaciones como si se trata de devolución de ingresos
indebidos (no en el caso de autoliquidaciones), el Ayuntamiento está
comunicando a cada caso, por carta, que ha suspendido estas tramitaciones hasta
que estén vigentes las modificaciones de las normativas a aplicar, momento a
partir del cual se retomará el trámite y se dará respuesta a cada caso.