El ayuntamiento
de Castelldefels informa que las
personas beneficiarias de alquiler social procedente de entidades financieras,
pueden solicitar una prórroga de sus contratos.
El pasado mes de marzo, el Gobierno decretó un cambio en la normativa que interesa especialmente a las personas que se han visto afectadas por ejecuciones hipotecarias, compraventas y daciones en pago que son beneficiarias de un alquiler social que provengan de entidades financieras.
El cambio más
relevante es que existe la posibilidad de establecer una prórroga en los
contratos actuales, hasta un máximo de 5 años. Para ello es preciso que el
titular del alquiler dirija a su entidad bancaria la solicitud de
prórroga. El plazo para enviar la solicitud finaliza el próximo 20 de
septiembre.
El decreto ley que
modifica la normativa, del 14 de marzo, establece que el deudor hipotecario
ejecutado cuyo lanzamiento haya sido suspendido de conformidad a Ley 1/2013 de
medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios,
reestructuración de deuda y alquiler social, podrá solicitar y obtener del
acreedor ejecutante de la vivienda, o persona que actúe por su cuenta, el
alquiler de la misma.
El precio del
alquiler puede ser por una renta anual máxima del 3% de su valor en tiempo de
la aprobación del remate, determinado según tasación, aportada por el ejecutado
y certificada por un tasador homologado.
Dicho
arrendamiento tendrá duración anual, prorrogable a voluntad del arrendatario,
hasta completar el plazo de cinco años. Por mutuo acuerdo entre el ejecutado y
el adjudicatario podrá prorrogarse anualmente durante cinco años adicionales.
La Oficina Local
d'Habitatge se pone a disposición de las personas interesadas para aclarar
cualquier duda al respecto.
OFICINA LOCAL D'HABITATGE
Passatge de les
Caramelles, 2, bajos
Horario del 1 de
agosto al 11 de septiembre: de lunes a viernes de 9.30 a 13,30 horas
A partir del 12 de
septiembre: mañanas de lunes a viernes de 9.30 a 13,30 horas
Tardes de lunes,
martes y jueves de 16 a 18 horas