La titular del Juzgado Contencioso Administrativo 4 de
Barcelona ha anulado el acuerdo tomado en el pleno del Ayuntamiento de
Castelldefels el 23 de julio de 2015 de adhesión a la AMI (Associació de
Municipis per la Independència) por
el principio de neutralidad de las Administraciones,
aceptando el recurso interpuesto por Sociedad Civil Catalana (SCC).
La
adhesión del municipio a la entidad separatista fue una de las condiciones para
que ERC formara gobierno junto a Movem (ICV-EUiA,Equo, MÉS y Entesa), PSC,
Castelldefels Si Pot, y CDC, pacto de gobierno con el que consiguieron entonces
hacerse con la alcaldía de la ciudad, desbancando así al popular
Manuel Reyes, ganador por número de votos en las pasadas elecciones
municipales.
La juez considera que la cláusula genérica competencial
relativa a los ayuntamientos queda "acotada a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la comunidad vecinal", y ha subrayado el principio de las
administraciones de servir con objetividad los intereses públicos.
Asimismo, la sentencia no se ha pronunciado sobre la
anulación de las cuotas abonadas, ya que el Ayuntamiento de Castelldefels no a
realizar ningún pago a la AMI. El consistorio dispone de 15 días para
interponer un recurso de apelación.