martes, 31 de marzo de 2015

El Ayuntamiento de Castelldefels solicita a Hacienda la rebaja del valor catastral

El Ayuntamiento de Castelldefels ha pedido oficialmente al Ministerio de Hacienda que rebaje los valores catastrales de los bienes inmuebles de nuestra ciudad, lo que incidiría en los impuestos municipales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre el Incremento de Valores de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como “plusvalía municipal”. De aprobarse por parte del Ministerio la propuesta municipal, los nuevos valores reducidos entrarían en vigor el 1 de enero de 2016.

El consistorio ha remitido la solicitud a la Dirección General del Catastro, en dependencia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para la aplicación de coeficientes reductores de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos de Castelldefels para el 2016. Dicha aplicación supondría un decremento necesario para tratar de ajustar los valores de los inmuebles de la ciudad.

Esta rebaja podría hacer descender el valor catastral aproximadamente en un 18%. Una rebaja que afectaría a los diferentes impuestos municipales que se derivan del valor catastral, es decir, tanto al Impuesto sobre los Bienes Inmuebles (IBI), como al Impuesto sobre el Incremento de Valores de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como “plusvalía municipal”. Pero además, la rebaja también podría llegar a afectar a otros impuestos, especialmente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El Ayuntamiento puede solicitar esta rebaja de coeficientes una vez que han pasado ya más de 5 años desde la última revisión catastral y, siempre y cuando, se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y lo que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes.

Corresponde al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas apreciar la concurrencia de los requisitos anteriores, mediante orden ministerial que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con anterioridad al 30 de septiembre, en la que se establecerá la relación de municipios concretos en los que resultarán de aplicación los coeficientes que, en su caso, establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2016.